En octubre de 2023, el Tribunal Superior de Bogotá, Colombia, legitimó el concepto de «familia multiespecie» (es decir, que un animal de compañía puede ser considerado como un miembro más de la familia y parte importante de la misma). La decisión se dio después de un análisis de conflicto de competencias que había en dos juzgados de Bogotá. Un juzgado civil y otro de familia estaban evadiendo la responsabilidad de resolver la demanda que interpuso un hombre contra su expareja, por no dejarle ver a Simona, una perra que era parte de la familia, después de que ellos se separaron en 2021. La mujer demandada creía que, con las visitas, la perra estaban negativamente afectada emocionalmente.
La querella empezó en octubre de 2022 al Juzgado Tercero de Familia de Bogotá, el cual, el pasado 6 de diciembre argumentó que no era competente para asumir dicho caso, y que la competencia era de los juzgados civiles del circuito. El pasado 27 de abril, la demanda quedó en el despacho del Juzgado 27 Civil del Circuito de Bogotá, y el 12 de junio de 2023 respondió que ese tipo de temas le corresponden a los jueces de familia. Debido a este conflicto, le correspondió resolver el caso al Tribunal Superior de Bogotá.
De acuerdo con la Sala Mixta del Tribunal, con ponencia del magistrado Carlos Andrés Guzmán e integrado por los togados José Alfonso Isaza y Ángela Lucía Murillo, “los animales dejaron de ser considerados cosas, pero no perdieron su estatus de propiedad dentro del ordenamiento jurídico. Ahora son también identificados como seres sintientes respecto de quienes existen deberes de protección especial”. Los magistrados concluyeron que la protección de la familia multiespecie debe primar, por lo que un juzgado de familia es el competente.
Los jueces clarificaron que para que los animales sean parte de una familia multiespecie deben cumplirse dos requisitos: que las personas los reconozcan como tal y que los mismos animales asuman roles en dicho núcleo.